¿CÓMO SE REEMBOLSAN LOS GASTOS DE SALUD EN EL CONVENIO MARCO DE SALUD?
Para la comodidad de los trabajadores afiliados y afiliadas y sus cargas legales, el Convenio Marco de Salud establece dos maneras de reembolsar los gastos médicos: Procedimientos Automáticos y el Reembolso Vía Formulario.
1. Procedimientos Automáticos
a) Para Reembolso de Consultas Médicas y Exámenes de Laboratorio y RX
Se realiza a través del sistema IMED. Este sistema online se encuentra en la mayoría de los centros médicos y hospitales, para adquirir bonos Fonasa o Isapre. Los afiliados y afiliadas y sus cargas legales accederán en la cobertura, al momento de comprar sus bonos para consultas médicas, de urgencia, exámenes de laboratorio y RX.


b) Para Reembolso de Recetas Médicas
El Seguro de Salud del Convenio Marco de Salud cuenta con un convenio especial con Farmacias Salcobrand, donde los afiliados y afiliadas y sus cargas legales que así lo deseen pueden reembolsar la compra de medicamentos. Para esto los afiliados deben exhibir su cédula de identidad (o de las cargas legales), la receta médica e indicar que cuentan con el convenio Pharma Benefis. La Compañía de Seguros entregará una credencial con el fin de facilitar la adquisición de medicamentos a través de esta vía.
Para facilitar el uso de este beneficio, los medicamentos de uso permanente quedan inscritos en la farmacia y se pueden retirar en la fecha estimada para el trabajador o trabajadora afiliada y sus cargas legales.
2. Reembolso Vía Formulario
Cuando no sea posible efectuar reembolsos electrónicos o no se utilice el convenio con Salcobrand para el reembolso de recetas médicas, SIEMPRE deberá completarse el Formulario de la Compañía de Seguros.
En este caso, cada vez que se efectúe un procedimiento de salud (consulta, exámenes, medicamentos) deberá utilizarse el formulario de la Compañía de Seguros, un formulario por cada paciente, por tanto NO se puede en un formulario declarar gastos de salud por dos personas.
En el formulario de la Compañía de Seguros debe indicarse claramente el diagnóstico o enfermedad que motivó la consulta cuando ésta se realiza por primera vez, consignando la firma del médico. Si el facultativo establece un tratamiento permanente -en enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión, dislipidemia, entre otras- deberá señalarlo claramente con su puño y letra en el formulario, el cual tendrá vigencia por 6 meses y no será necesario en lo sucesivo tener que solicitar la firma del médico, cada vez que se realice un control.
El pago de los gastos de salud vía formulario se realizarán en un máximo de 7 días hábiles, desde la fecha de recepción de los gastos de la Compañía. Aquellos gastos que superen el $1.000.000 serán resueltos en 15 días hábiles, una vez que la Contraloría Médica de la Compañía haya resuelto el pago.
El formulario se podrá obtener en el Servicio de Bienestar de Integra, en nuestra Intranet en el menú Servicio de Bienestar el siguiente link o en www.mproliquidadores.cl
En caso de atención de urgencia, el médico NO necesita declararlo en el formulario, pero debe adjuntarse el documento de atención de urgencia.
Sólo en casos excepcionales se permitirá entregar un Certificado Médico para reemplazar la declaración del médico.
El plazo de presentación de los gastos de salud vía formulario es de 90 días corridos, desde la fecha de la prestación. Cuando exista un rechazo total o parcial de la solicitud de reembolso (por falta de documentación, firmas etc.) existe un plazo NO superior a 60 días corridos desde la fecha que se generó el rechazo por parte de la Compañía de Seguros, para volver a presentar los documentos.
04 / agosto / 2015


