Un desafío permanente en la protección integral de las niñas y niños
Alicia, ¿cuál es el propósito de la actualización de este Protocolo de Actuación institucional frente a SVD?
Partamos señalando que el sentido de todo protocolo es entregar directrices que ordenen una forma de hacer. La idea es que una organización o institución cuente con ese ordenamiento, de forma tal que los procedimientos y acciones sean algo conocido por todos y todas y provean de un horizonte común a quienes son parte de la organización. Guiar las acciones con coherencia y animar al compromiso para lograr determinado resultado, es la intención de todo protocolo, junto con proyectar la visión y misión institucional.
En este sentido, el Protocolo de Sospecha de Vulneración de Derechos que estamos conociendo, y que surge luego de un trabajo exhaustivo, con participación de diversos equipos nacionales y regionales, pretende brindar este horizonte común a la red de establecimientos de Fundación Integra. Estamos hablando de más de 1.243 salas cuna, jardines infantiles y también modalidades no convencionales que contarán con la actualización de un instrumento que organiza procedimientos, determina responsabilidades y provee comprensiones técnicas y teóricas, en razón no solo de generar condiciones de bienestar integral a niñas y niños que asisten a los establecimientos de Fundación Integra, sino que también, en razón de la protección de derechos de la niñez, favorece que las eventuales vulneraciones puedan ser detectadas a tiempo y cuenten con un abordaje oportuno que implicará, sin duda, articular el trabajo con la red de protección.
¿Qué objetivos persigue este protocolo actualizado?
Con lo que se van a encontrar en el documento es con el establecimiento de etapas y el detalle de las acciones que considera el abordaje de casos donde existe una sospecha de vulneración de derechos a las niñas o niños que asisten a jardines de Fundación Integra.
El protocolo establece cuáles son las responsabilidades de los distintos estamentos de la institución. Estas responsabilidades son detalladas aquí, pues todas y todos estamos llamados a contribuir en el respeto, la promoción, la sensibilización, la divulgación y protección de los derechos de la niñez.
Y, finalmente, el objetivo de este protocolo es establecer cuáles son las medidas y acciones de resguardo que se pueden articular de manera que no se sigan perpetuando, cronificando y agravando las sospechas de vulneración de derechos y, de esta forma, niñas y niños que asisten a los establecimientos de Fundación Integra, vean prontamente restaurados sus derechos.
¿Qué impacto tiene, para una institución como Integra, contar con un protocolo de sospecha de vulneración de derechos?
Como institución de educación parvularia estamos comprometidos en brindar educación inicial gratuita, de calidad y con enfoque de derechos.
El enfoque de derechos en la niñez nos desafía porque a pesar de los avances y esfuerzos que se realizan para la protección integral de las niñas y niños, entre otras cosas, persisten las vulneraciones como el maltrato y el abuso. Estamos desafiados también porque, hoy en día, los modos en que se ejercen determinadas prácticas maltratadoras hacia la niñez también han ido mutando y, en este sentido, se hace necesario actualizar las estrategias y procedimientos en virtud del desarrollo integral y el ejercicio pleno de derechos de niños y niñas.
Un protocolo actualizado nos entrega claridad, nos muestra qué es lo que debemos hacer, a qué debemos responder. Nos muestra también el circuito de acciones.
Entregar esas claridades es un elemento muy importante para los adultos y para las adultas que trabajamos en primera niñez.
Ya sea que nuestro trabajo se relacione con el cuidado y la atención directa a niños y niñas o, realizamos tareas de gestión y apoyo técnico, el norte será siempre propender al resguardo, promoción y protección de los derechos de la niñez. Entonces, en términos de impacto, saber qué hacer, cómo hacerlo, con quién contar, entrega seguridad en el despliegue de nuestras labores. Además, se establece un lenguaje común. Y nos parece que eso también es muy importante, no solo para el cumplimiento de normativas o para responder al rol de garantes de derechos, sino también para situarnos como agentes de cambio social.
¿Cómo contribuye la actualización del protocolo a cumplir con nuestro rol de garante de derechos?
Lo decíamos de alguna manera en la pregunta anterior. Lo que hace este protocolo es establecer qué hacer y cómo hacerlo en materia de SVD. Ese hacer establecido considera aspectos fundamentales de la normativa legal vigente en nuestro país asociada a los derechos de la niñez.
En los últimos años ha surgido nueva normativa en nuestro país y se han promulgado nuevas leyes. Estos son cambios importantes. Sólo para citar un par de ejemplos, hoy existe la Ley 21.013 que “Tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial”, conocida como Ley de Maltrato Relevante y/o Trato Degradante o, bien, la Ley 21.430 “Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia”. El anterior Protocolo data del año 2017, el actual protocolo integra estas leyes y nos transmite el conocimiento de determinados artículos que son necesarios a la hora de cumplir con el rol de garantes.
En Fundación Integra tenemos un deber y una responsabilidad en cuanto a garantizar el ejercicio pleno de los derechos de niños y niñas que asisten a nuestros jardines infantiles, salas cunas y modalidades no convencionales.
Garantizar este ejercicio pleno de derechos puede parecer una tarea muy vasta, casi inabordable, pero debemos considerar que, en los equipos de jardines infantiles, hay una práctica cotidiana que implica un privilegiado espacio y momento para ir generando conciencia respecto a los derechos de la niñez, en la comunidad educativa, y para que -a su vez- niños y niñas puedan concebirse como sujetos de derecho.
Trabajamos con niños muy pequeños. No es que los niños aprendan el discurso de derechos de la niñez, lo que aprenden a reconocer es una experiencia de buen trato. A través de prácticas bientratantes también se cumple el rol de Garantes de Derecho. También se cumple el rol de garantes de derechos cuando se detecta a tiempo una SVD, esto actúa como factor protector. En las interacciones cotidianas, la respuesta sensible de una adulta que presta atención a las necesidades de niños y niñas, a sus verbalizaciones, a las distintas expresiones de lactantes y pueden- en ellas- advertir indicadores de sospecha de maltrato o abuso. Comunicar oportunamente esta detección permite hacer andar el circuito de acciones que ponen en protección a niñas y niños y reducir, eventualmente, la afectación sufrida.
¿Cuáles son las principales diferencias que existen entre este Protocolo y el Protocolo inmediatamente anterior?
Este protocolo se actualiza en razón del corpus normativo, leyes que mencionamos anteriormente. A su vez, hoy existe nueva institucionalidad que es fundamental conocer. En materia de protección hoy existen no solo las medidas legales, aquellas que se solicitaban a través de los Tribunales de Familia, sino que también está la posibilidad de solicitar medidas de protección administrativas que son función de las Oficinas Locales de la Niñez. El tema de los plazos ajustados a la normativa vigente, también es una diferencia con el protocolo anterior.
Junto con lo anterior este protocolo hace un zoom al rol que tienen los equipos de jardines infantiles para contribuir en la detección del maltrato infantil y la potencia que tienen en la posibilidad de contribuir a la reparación, por cuanto ser reconocido como sujeto de derechos es un acto reparador. Esto es posible porque, a través del vínculo, se generan espacios que permiten fomentar el buen trato y concebirse como un ser humano reconocido en dignidad y derechos.
¿Cómo fue el trabajo para dar a luz el actual protocolo?
La actualización del protocolo de sospecha de vulneración derechos era un anhelo importante del equipo de protección del nivel central. De tal forma su desarrollo fue comprometido en la planificación del año 2025. Para comenzar el trabajo, desde el departamento de protección de derechos de la niñez, se forma una comisión de profesionales cuyo propósito era la revisión del protocolo anterior, en materia legal y conceptual y el levantamiento de revisiones preliminares. Es bien interesante lo que sucede aquí pues podemos hablar de una transdisciplinariedad al servicio de este ejercicio.
Cabe señalar que se sostuvieron encuentros, reuniones técnicas, discusión, revisión de borrador, entre otros, tanto con determinadas oficinas regionales como con direcciones nacionales y departamentos del nivel central de Fundación Integra.
Esto nos parece muy importante de señalar, porque el Protocolo de Sospecha de Vulneración de Derechos pertenece a Fundación Integra, nos convoca a todos, no es solo del Departamento de Protección de Derechos, tampoco de la Dirección Nacional de Promoción y Protección de los Derechos Integrales de la Niñez. Por ello queremos animar a conocerlo, a leerlo, a saber, cómo nos involucra y nos responsabiliza en ciertas acciones. De ahí que el contar con los comentarios, con el parecer de distintos actores de nuestra institución, ha sido muy importante y entrega también una legitimidad a un documento que, como decía, tenemos que hacerlo propio.
Esperamos que este documento entregue claridades, confianza y seguridad en las tareas que se realizan y en el rol que se ejerce, pero, además, en este documento van a encontrar una sólida enunciación de componentes bibliográficos. Si bien es un protocolo que establece normativas, también se torna en un buen documento de sustento teórico que tiene a la base la protección integral de niñas y niños.


